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A pesar de que los servidores públicos quedarán sin fuero, éstos podrán librar la prisión por varios años en caso de ser hallados culpables de algún delito.

La Cámara baja aprobó ayer la reforma constitucional que elimina el fuero para los funcionarios sometidos a proceso penal

MÉXICO, DF (Agencias).- A pesar de que los servidores públicos quedarán sin fuero, éstos podrán librar la prisión por varios años en caso de ser hallados culpables de algún delito.
El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer la reforma constitucional que elimina el fuero para los funcionarios sometidos a proceso penal, pero no podrán ser sancionados hasta que haya una sentencia condenatoria en su contra.
La reforma a la Constitución se avaló con 376 votos a favor, 56 en contra y cinco abstenciones. Fue devuelta al Senado para que esta Cámara rechace o ratifique los cambios hechos por los diputados.
En la discusión de los legisladores, la inmunidad para el Ejecutivo federal no sufrió modificaciones, por lo que quedará en los mismos términos que dicta actualmente la Constitución, respecto a que sólo podrá ser sujeto a juicio político cuando haya violaciones graves a la Carta Magna.
Los diputados sostuvieron un debate de seis horas sobre los alcances de la reforma para eliminar el fuero y sólo el panista Rubén Camarillo reconoció que podrán pasar varios años antes de que un servidor público corrupto pise la cárcel con el esquema aprobado.
“¿Qué es lo que realmente representa la redacción que hoy tenemos? Que si hay una denuncia, un juicio, una demanda que se interponga en contra de alguno de ustedes o de cualquier otro que esté en este supuesto, no quiere decir que al siguiente día que les pongan una demanda los van a detener. Precisamente como está establecido en la ley, es lo contrario. No los pueden detener.
“El juez de primera instancia los declara culpables, después de eso hay instancias de apelación, luego también existe el juicio de amparo. Y para como es la justicia en este país, yo les garantizo que cuando lleguen a la tercera instancia ya habrá pasado inclusive el término de los tres años que ustedes son diputados”, admitió Camarillo ante el pleno.
En el dictamen aprobado por los diputados, en el artículo 61 se establece una nueva figura de “inmunidad constitucional”, que protegerá a diputados y senadores para que sean inviolables por las opiniones que manifiesten durante el tiempo en que desempeñen sus cargos y jamás podrán ser reconvenidos, procesados ni juzgados por ellas.
También se modifica el artículo 111 de la Constitución, donde establece que podrán ser sujetos a proceso penal los diputados y senadores, los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los magistrados electorales, los consejeros de la Judicatura Federal, los secretarios del Gabinete, los diputados locales de la ALDF, el Jefe de Gobierno del DF, el Procurador General de la República y el Procurador de Justicia del DF, y los consejeros electorales.
Durante el proceso penal, el servidor público podrá seguir en el cargo y no podrá haber medidas cautelares que impliquen privación, restricción o limitación de la libertad.
Sólo hasta que haya sentencia condenatoria, el servidor público se separará del cargo y quedará a disposición de la autoridad correspondiente.
Con esta reforma, se elimina el fuero y el llamado juicio de procedencia, que era la valoración política del pleno de la Cámara de Diputados sobre la posible culpabilidad del servidor público.
En una modificación de última hora, se estableció que en el tema de delitos del fuero común los diputados locales podrán solicitar que la PGR atraiga su caso, esto, con el fin de quitar motivaciones políticas por parte de los gobiernos locales.

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