// Saldrá en el 2056 pareja que asesino a su hija en Lachigoló - Panorama del Pacifico
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Los jueces en forma unánime coincidieron que la pareja formada por Avesita y Feliciano deben cumplir la pena de 39 años con 9 meses de prisión,
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A la pena de 39 años con 9 meses de prisión fueron condenados Avesita García García y Feliciano Silva Silva como responsables de la muerte de su hija de 14 años de edad y al pago de 126 mil 463.20 pesos de reparación del daño, pero fueron absueltos de la multa debido a la omisión del agente del Ministerio Público para solicitarlo en la audiencia de individualización de sanciones.

Durante la lectura de sentencia realizada ayer en la sala del juzgado de control de Etla del circuito judicial de Valles Centrales, en Santa María Ixcotel, los jueces en forma unánime coincidieron que la pareja formada por Avesita y Feliciano deben cumplir la pena de 39 años con 9 meses de prisión, que es la pena mínima.

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En la audiencia, el juez relator leyó la sentencia, pero después en una forma detallada les explicó a la pareja en qué consistió su fallo y reconoció que no hubo prueba directa y por lo cual la autoría de ambos es indeterminada, pero con los “pedacitos” de las declaraciones de testigos y peritajes de peritos de la Fiscalía General del Estado llegaron a determinar que ellos fueron los responsables al no existir forma en que otra persona haya ingresado a su domicilio.

QUERÍAN DENUNCIAR UNA VIOLACIÓN

Los hechos ocurrieron en el domicilio ubicado en la calle de Lázaro Cárdenas de la población de San Francisco Lachigoló, Tlacolula de Matamoros, cuando la menor se encontraba en su domicilio luego de ser recriminada por haber tenido relaciones sexuales con su novio.

Durante las investigaciones de los elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones establecieron que la menor, el 12 de marzo del 2017 salió con su novio y por lo cual llegó tarde a su domicilio.

Sus padres Feliciano y Avesita decidieron recriminarle a la menor y la llevaron ante el agente del MInisterio Público de Tlacolula de Matamoros donde les indicó que deberían acudir ante el representante social de la Vicefiscalía para la Atención de Delitos contra la Mujer por Razón de Género.
Por ello, la menor acudió con sus padres, donde ellos (los ahora sentenciados) exigieron que se iniciara una investigación en contra de Crispín como presunto responsable del delito de violación.

Pero la menor, al platicar con la agente del Ministerio Público, le explicó que tuvo relaciones por su voluntad y no fue obligada. La representante social acudió a audiencia y narró lo sucedido la tarde-noche del 12 de marzo en su oficina.

HALLAN EL CUERPO

La mañana del lunes 13 de marzo del 2017, los elementos de la policía municipal de San Francisco Lachigoló, fueron informados que una menor de edad se suicidó y por lo cual acudieron al lugar.

Los elementos de la Agencia Estatal de Investigaciones también arribaron y junto con peritos arribaron al lugar y fueron informados por Feliciano, que la menor se suicidó y al parecer lo hizo con un bote de insecticida que estaba en el lugar.

Avesita, decidió informar a la escuela secundaria federal 147 que su hija se había suicidado.

PRESENTAN MENSAJES

Entre las pruebas presentadas por el agente del Ministerio Público se encuentran los mensajes de whatsapp que una noche antes de su deceso la adolescente le envió a su novio y en el cual explicó que sus padre están muy molestos.

A la audiencia también acudieron a declarar personal de la institución educativa para e indicaron la forma de comportamiento de la menor debido al problema que sufría con sus padres en su domicilio.

FUE ESTRANGULADA

Pero la práctica de la necropsia de ley fue lo que detonó la investigación al confirmarse que fue estrangulada y no murió por alguna intoxicación. En las pruebas químicas, no había rastros de sustancia tóxica en la sangre.

Los jueces al valorar las declaraciones de testigos y los peritajes indicaron que el matrimonio fue el responsable del homicidio, ya que no existen dato que alguna persona extraña haya ingresado y además, -ellos- fueron quienes reportaron un suicidio, lo cual fue desmentido.

MINISTERIO PÚBLICO NO PIDE MULTA

Durante la lectura de la sentencia, los jueces indicaron que el agente del Ministerio Público cometió omisiones, ya que al solicitar la culpabilidad no calculó bien y la pena máxima que debería ser 56 años con cuatro meses.

Además, omitió solicitar el pago de una multa y por lo cual van a girar oficio a su superior jerárquico para que le llame la atención.

De igual forma, solicitó el pago de la reparación del daño de 126 mil 463.20 pesos, lo cual fue correcto, pero dijo que era a un hermano de la víctima, pero en el proceso nunca fue presentado como víctima indirecta.

Asimismo, solicitó el agente del Ministerio Público el pago de la reparación del daño en abstracto (indeterminado) por la atención psicológica que recibió el menor hermano de la menor asesinada, pero nunca presentó documentos para acreditarlo, por lo cual los jueces decidieron no condenar a la pareja al pago por ese concepto.

LES FALTAN 38 AÑOS

Los jueces en su sentencia precisan que Avesita y Feliciano empezaron a compurgar la pena de 39 años con 9 meses desde el 29 de marzo cuando quedaron a disposición, por lo cual llevan presos 1 con año 7 meses y 7 días, faltando 38 años con 1 mes y 23 días, lo cual concluiría el 29 de diciembre del 2056.

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